El DeCA es obligatorio en el transporte público de mercancías por carretera con origen y destino en España. Pero hay portes que no lo necesitan.
| El porte… | ¿Lleva DeCA? |
|---|---|
| Va de un punto de España a otro | Sí |
| Va a Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla | Sí: son territorio español |
| Lo hace un camión extranjero dentro de España (cabotaje) | Sí: la resolución lo incluye expresamente |
| Sale de España o entra en ella | No: lleva CMR |
| Lo hace un vehículo de hasta 2 toneladas de masa máxima | No |
| Es una mudanza | No |
| Es una grúa que retira un vehículo accidentado o averiado | No |
| Es paquetería o reparto de bultos pequeños | No |
| Una empresa mueve su propia mercancía con sus propios camiones | No: es transporte privado, no público |
Los portes internacionales
El preámbulo de la resolución lo dice claro: los documentos de control son obligatorios en los transportes interiores, y quedan fuera los internacionales, que usan los documentos de los convenios firmados por España. En la práctica, el CMR. Ojo: no llevar DeCA no significa no llevar nada. Lo explicamos en DeCA vs CMR.
Las furgonetas de hasta 2 toneladas
Los vehículos de hasta 2 toneladas de masa máxima autorizada no necesitan autorización de transporte (Reglamento de la LOTT, art. 33.2.d), y sin autorización no hay DeCA.
El transporte con camiones propios
El DeCA solo se aplica al transporte público. Si un fabricante mueve su propia mercancía con sus propios camiones, hace transporte privado complementario y no necesita DeCA. Si esos camiones pasan de 3,5 toneladas, necesitará su autorización de transporte privado, pero eso es otra obligación.
Un caso sin aclarar
Un porte con origen y destino en España cuya ruta cruza otro país por carretera, por ejemplo de Badajoz a Vigo pasando por Portugal. Por origen y destino es interior; por itinerario, internacional. La norma admite las dos lecturas. Si haces portes así, consúltalo con tu asesoría.
En la duda, genéralo
Un DeCA de más no es una infracción; uno de menos, sí. Si no tienes claro si un porte está exento, lo prudente es generarlo.
Contenido informativo, revisado en septiembre de 2026. No sustituye al asesoramiento de un profesional: ante un caso dudoso, consulta con tu asesoría de transporte.
Fuentes
- Resolución de 5 de junio de 2026, formato digital del DeCA (BOE)
- Orden FOM/2861/2012, que regula el documento de control (BOE)
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