El 5 de octubre de 2026 el documento de control del transporte de mercancías por carretera pasa a ser obligatoriamente digital. A partir de ese día, el papel deja de servir para los portes interiores.
De dónde sale la fecha
La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, dice en su disposición transitoria octava que el documento de control «deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley». La ley entró en vigor el 5 de diciembre de 2025, así que el plazo termina el 5 de octubre de 2026.
Las normas que hay que conocer
| Norma | Qué regula |
|---|---|
| Orden FOM/2861/2012 | Quién está obligado, qué datos lleva, quién responde de cada dato, qué transportes quedan fuera y cuánto tiempo se guarda |
| Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE de 12 de junio) | Cómo tiene que ser técnicamente: PDF, QR, enlace, modificaciones y copia del conductor. Sustituye a la resolución de mayo de 2023 |
| Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible | La obligación de que sea digital y la fecha |
| LOTT, artículos 141.17 y 143.1.d | La infracción y la multa |
Qué cambia en el día a día
- El papel ya no vale. Tiene que ser un PDF generado desde un programa, con su QR. Una foto o un escaneo no sirven.
- Hay que hacerlo antes de salir. La norma dice «en cuanto sean conocidos los datos y siempre antes del inicio efectivo del servicio». Si el camión sale a las seis de la mañana, el DeCA tiene que estar hecho la tarde anterior.
- El conductor lo lleva en el móvil o impreso, siempre con el QR visible.
- Los cambios se registran. Si cambia el camión o el destino durante el viaje, hay que reflejarlo en el documento y volver a enviárselo al conductor.
- Se guarda un año, con sus versiones anteriores si las hubo.
Lo que no cambia
- Quién está obligado: el cargador contractual y el transportista efectivo, como hasta ahora.
- Los datos del documento: son los mismos del artículo 6 de la Orden.
- Los portes internacionales siguen con su CMR, que puede seguir en papel.
- No hay que comunicar nada a la Administración ni conectarse a ninguna plataforma.
Cómo prepararte antes del 5 de octubre
- Revisa en qué portes eres cargador contractual y en cuáles transportista efectivo.
- Decide quién generará el DeCA en cada caso y pregunta a tus transportistas: «¿Generáis un PDF con QR y enlace de descarga directa, antes de salir, y nos dais acceso a él durante un año?».
- Consigue los datos que antes no pedías, sobre todo el peso y las matrículas.
- Elige un programa que cumpla la resolución y organiza cómo llegará el documento al conductor.
- Guarda la prueba de que lo generaste y lo enviaste: libera al cargador de la multa si el conductor no lo lleva.
Contenido informativo, revisado en septiembre de 2026. No sustituye al asesoramiento de un profesional: ante un caso dudoso, consulta con tu asesoría de transporte.
Fuentes
- Resolución de 5 de junio de 2026, formato digital del DeCA (BOE)
- Orden FOM/2861/2012, que regula el documento de control (BOE)
- Ministerio de Transportes: página oficial del DeCA
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